BASES LEGALES
“GANA UNA PALETILLA 5J”
GRUPO OSBORNE, SAU en adelante, “OSBORNE”, con domicilio social en calle Fernán Caballero, 7. 11500 El Puerto de Santa María (Cádiz) y provista de CIF A11535564, llevará a cabo una promoción denominada GANA UNA PALETILLA 5J, válida del 5 de septiembre de 2026 al 31 de octubre de 2026, ambos inclusive, (en adelante, la “Promoción”)
La finalidad de la Promoción es la de incentivar la compra de los productos de la marca Montecillo de las variedades: (en adelante “Productos Promocionados”).
La Promoción tendrá lugar desde el 5 de septiembre de 2026 al 31 de octubre de 2026 (en adelante, el “Periodo Promocional”), ambos inclusive y su ámbito territorial abarcará (todo el territorio de España, excepto Ceuta y Melilla (el “Territorio”).
Podrán participar en la Promoción, personas físicas, mayores de 18 años, residentes legales en el Territorio, que hayan adquirido al menos una (1) botella de los Productos Promocionados.
Los productos, deberán ser adquiridos y abonados por el participante, en los establecimientos adheridos a la promoción que cuenten tanto con cartelería anunciadora de la misma como collarín con la promoción en los Productos Promocionados. También serán admitidas las compras realizadas en Amazon (adjuntando la factura correspondiente).
Los consumidores podrán participar en la promoción tantas veces como deseen a lo largo de la promoción, siempre que lo hagan cada vez con un ticket de compra diferente, independientemente de las unidades de Productos Promocionados adquiridos. Un mismo ticket no podrá ser utilizado por personas diferentes.
No podrán participar en la Promoción los empleados de OSBORNE, ni los colaboradores directos y/o indirectos que hayan participado en esta Promoción, ni el canal de distribución de los Productos Promocionados, ni tampoco los familiares en primer grado de cualquiera de los anteriores.
Para participar en la Promoción será imprescindible cumplir los requisitos descritos en las presentes bases legales, haber adquirido al menos un (1) Producto Promocionado y disponer del ticket correspondiente.
Habrá ocho (8) ganadores y cada ganador tendrá derecho al siguiente premio:
Una paleta 100% Ibérica de bellota de la marca 5 J de peso entre 5-6Kg valorada en 299€.
Durante el Periodo Promocional, el responsable de la Promoción comercializará (en los establecimientos adheridos) los Productos Promocionados, donde ubicará material PLV de comunicación de la Promoción, así como collarines en las botellas detalladas en el punto 2º.
Para participar, el consumidor deberá adquirir, durante el Periodo Promocional, al menos una (1) unidad de los productos indicados en el punto 2º de las presentes bases y deberá conservar el ticket de compra.
A continuación, deberá acceder a la web promociones.bodegasmontecillo.es (el “Microsite”) y cumplimentar el formulario de participación con los siguientes datos: nombre, apellidos, fecha de nacimiento, número de NIF o NIE, código postal, establecimiento donde haya adquirido el producto, número de teléfono móvil y dirección e-mail a la cual se le enviarán los “Códigos de Participación” para optar a los premios sorteados.
Además, en el Microsite se deberá indicar el número de botellas adquiridas en el ticket de compra, la variedad, así como datos del ticket de compra y subir la imagen de éste donde se vean claramente, los siguientes datos: detalle de los Productos Montecillo adquiridos, fecha y hora de la compra, número del ticket aportado.
La aportación de la información anterior será obligatoria para poder participar en la promoción.
La fecha del ticket de compra del producto deberá estar comprendido dentro del Periodo Promocional y el original del mismo podrá ser requerido como condición imprescindible para hacer entrega de los premios obtenidos.
Automáticamente, el consumidor recibirá vía e-mail un (1) “Código de Participación” por cada unidad de Producto Promocionado adquirido, para participar en el sorteo mediante “Momento Ganador”. Dicho código podrá ser utilizado por el participante en la promoción, pudiendo escoger participar cualquier día durante las 24 horas, dentro de todos los días posibles durante el periodo promocional indicado en el punto 3 de las presentes bases legales, con un máximo de dos códigos por participante y día.
El participante podrá introducir el código de participación recibido en la página web de la promoción y probar suerte al instante, mediante la mecánica de “Momentos Ganadores”, que otorgará ocho (8) premios entre el 5 de septiembre y el 31 de octubre de 2026, de forma aleatoria mediante una plataforma informática.
Con carácter previo al inicio de la promoción, se establecerán cuáles serán los “Momentos Ganadores” para cada uno de los premios sorteados. Cada “Momento Ganador” estará determinado por un día, hora, minuto y segundo. Los “Momentos Ganadores” serán absolutamente confidenciales y el listado se facilitará a D. Pedro L. Gutiérrez Moreno o D. Javier Barreiros Fernández, Notarios del Ilustre Colegio de Notarios de Madrid, para su protocolización junto a las presentes bases legales.
Si no se produjese ninguna participación en el momento asignado para un premio sorteado, el ganador será la primera persona que participe conforme a lo estipulado en las presentes bases legales a partir de dicho “Momento Ganador”, con el fin de entregar todos los premios puestos en juego.
Los participantes cuya participación coincida con un Momento Ganador, automáticamente visualizarán un mensaje en la pantalla que les indicará la obtención del premio.
Así mismo, se les indicará que el envío del premio está supeditado a la comprobación del ticket de compra aportado en su participación, cuya información deberá coincidir con la registrada en su participación. El plazo máximo para la verificación del ticket será de diez (10) días naturales desde la obtención del premio.
Una vez verificado dicho ticket, si todo es correcto, el Ganador recibirá un correo electrónico confirmando la obtención del premio y el plazo estimado en el que recibirá el premio obtenido.
Recomendamos incluir la dirección de correo electrónico montecillo@im25.es en los contactos de la aplicación de correo electrónico para evitar que los correos entren en la bandeja de spam.
En el supuesto de que, tras verificar la imagen ticket de compra aportada por un participante cuya participación haya coincidido con un “Momento Ganador”, éste no cumpliera con las condiciones establecidas en la promoción, o fuera incorrecto, o las unidades declaradas no fueran las que figuran en el ticket de compra o fueran ilegibles, el premio conseguido quedará anulado y pasará al participante precedente al Momento Ganador Premiado.
Adicionalmente, a ese participante se le anularán todos los códigos de participación enviados correspondientes a dicho ticket, por lo que no podrá participar con ellos en la promoción.
Un participante cuyo premio sea anulado, recibirá un e-mail a la cuenta de correo facilitada, explicando el motivo de la anulación del premio y perderá cualquier derecho de reclamación sobre el mismo.
La empresa organizadora se reserva el derecho de solicitar la recepción del ticket de compra original, como condición previa a la entrega del premio, en el caso de sospechar prácticas fraudulentas. Si el ticket es requerido y no es entregado en un plazo de diez (10) días naturales, el premio será anulado y pasará al participante inmediatamente anterior al Momento Ganador anulado. Si esto sucediera, todos los códigos asociados a dicho ticket serán igualmente anulados y el agraciado perderá cualquier derecho de reclamación durante la promoción y en el futuro.
Con el fin de facilitar la participación a los participantes, se habilita el correo electrónico montecillo@im25.es con el fin de poder atender las consultas de los participantes.
Los consumidores podrán realizar reclamaciones o consultas sobre sus participaciones hasta el 30/11/2026, fecha en la que se eliminarán todos los datos de las participaciones no agraciadas, por lo que pasado dicho plazo, la empresa que gestiona la promoción, no dispondrá en sus sistemas de la información necesaria para atender dichas reclamaciones.
OSBORNE, queda facultada para excluir a los participantes que no cumplan con los requisitos de la presente Promoción o que, a juicio de OSBORNE, hubieran incumplido cualquier otra previsión de las presentes bases legales y/o que defrauden, alteren o inutilicen el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la Promoción.
Igualmente, OSBORNE podrá, en el caso de detectar una participación fraudulenta, modificar las presentes bases en aquellas disposiciones que fueran pertinentes para lograr el correcto funcionamiento de la Promoción, así como solicitar la imagen del NIF/NIE para corroborar la identidad del participante, como condición imprescindible antes de entregar un premio.
Con el objetivo de garantizar la igualdad de oportunidades y lograr que los premios se distribuyan entre el mayor número posible de consumidores reales, la presente promoción está limitada a un máximo de un (1) premio por persona física, unidad familiar y/o domicilio.
Una vez que un participante resulte ganador de un premio, quedará automáticamente excluido para la obtención de cualquier otro premio dentro de esta misma promoción.
A estos efectos, se considerará que se trata de un mismo participante, unidad familiar o intento de duplicidad cuando concurra la coincidencia de uno o varios de los siguientes datos de identificación:
Datos Personales: Nombre y apellidos, DNI/NIE/Pasaporte, número de teléfono o dirección de correo electrónico.
Datos de Localización: Mismo domicilio físico de entrega o residencia.
Datos Técnicos: Misma dirección IP, patrón de navegación sospechoso o uso de dispositivos vinculados.
Datos de Compra: Mismo tique de compra (número de factura, establecimiento, fecha y hora). El tique de compra debe ser original, legible y haber sido abonado en el establecimiento de adquisición íntegramente por el participante.
El Organizador se reserva el derecho de solicitar el DNI y el tique de compra físico original para verificar la identidad del ganador antes de entregar el premio. Cualquier sospecha de uso de cuentas falsas, bots, tiques manipulados o alteraciones técnicas facultará al Organizador para descalificar al participante de forma unilateral y sin previo aviso.
El hecho de participar en la Promoción implicará la aceptación de las presentes bases legales sin reserva alguna.
Ni OSBORNE ni la empresa que gestiona la promoción asumirán ninguna responsabilidad por problemas o fallos técnicos, líneas telefónicas, sistemas informáticos, servidores, software o error de cualquier mensaje de correo electrónico vinculado a la presente Promoción.
OSBORNE se compromete a llevar a cabo la presente Promoción conforme con los principios de legalidad, veracidad y autenticidad recogidos en nuestro ordenamiento jurídico, prestando especial atención a la normativa sobre protección de menores.
De conformidad con el Reglamento General de Protección de Datos 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 abril de 2016, OSBORNE informa a los participantes, que los datos consignados por ellos para su participación en el Concurso son voluntariamente facilitados por el interesado autorizando a que los mismos sean incorporados a un fichero automatizado para su tratamiento de conformidad a la política de privacidad siguiente:
| INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES RELATIVA A CONCURSOS | |
| Responsable | ¿Quién es el Responsable del tratamiento de sus datos? GRUPO OSBORNE S.A.U C.I.F.: A11535564 Dirección: C/ Fernán Caballero 7, 11500 El Puerto de Santa María (Cádiz) Mail para atención de solicitudes en materia de datos personales: rgpd@osborne.es |
| Finalidad | ¿Para qué tratamos sus datos? Gestión de la participación de personas interesadas en promociones organizados por Osborne a través páginas web de participación. Envío de newsletter e información comercial Realización de encuestas de calidad |
| Legitimación | ¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos? Consentimiento: artículo 6.1.a) del Reglamento General Europeo de Protección de Datos. Interés legítimo para el envío de newsletter e información comercial y realización de encuestas de calidad: artículo 6.1.f) del Reglamento General Europeo de Protección de Datos. |
| Destinatarios | ¿A quién comunicamos sus datos? Los datos personales sólo serán comunicados en el caso de ser necesario para el cumplimiento de obligaciones legalmente establecidas. |
| Transferencias internacionales | ¿En qué supuestos se realizan? En el caso de que la prestación de servicios requiera compartir datos con prestadores de servicios dentro y fuera de la Unión Europa que dan soporte a la gestión de este tratamiento, se garantiza el cumplimiento de las garantías adecuadas de confidencialidad y seguridad en el tratamiento de los datos. |
| Conservación | ¿Durante cuánto tiempo conservamos sus datos? Los datos personales relativos a la participación en el concurso se conservan hasta la finalización del proceso con la entrega del premio y periodo de reclamación establecido para la presente promoción. Los datos personales relativos al envío de información comercial, a la fidelización y a la determinación de preferencias o perfiles se conservan hasta que la persona solicite su oposición al tratamiento o, en su caso, retire su consentimiento. |
| Derechos | ¿Cuáles son sus derechos cuando nos facilita sus datos? Las personas interesadas tienen derecho a obtener confirmación sobre si la organización está tratando datos personales que le conciernan, a acceder a los mismos, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar su supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos, a solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, a oponerse al mismo y a solicitar la revocación del consentimiento. La persona interesada puede ejercitar sus derechos dirigiendo un correo electrónico a la dirección rgpd@osborne.es Puede presentar una reclamación ante la Agencia de Protección de Datos, especialmente cuando no haya obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, en la dirección postal y/o electrónica indicada en la página www.aepd.es |
| Seguridad | Los datos serán tratados de forma confidencial y bajo el sometimiento a medidas técnicas y organizativas de seguridad adecuadas para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. |
Innovación Media Consulting 25 s.l., empresa contratada para la gestión de la presente promoción, conservará los datos de los ganadores durante un periodo máximo de 5 años desde la entrega de los premios exclusivamente con el objetivo de poder aportar dicha documentación a las autoridades competentes en caso de ser requerida. La finalidad es la de poder justificar la entrega de los premios a los agraciados, conforme a las normativas fiscales en vigor. Posteriormente, todos los datos serán eliminados y borrados de cualquier soporte informático.
Si Ud. considera que el tratamiento de sus datos personales vulnera la normativa, Ud. puede presentar una reclamación a través de la dirección postal arriba indicada en el presente apartado 13 o a la dirección de correo electrónico rgpd@osborne.es o presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos ubicada en C/ Jorge Juan, 6 28001 Madrid.
Las presentes bases legales se rigen por la legislación española y tanto los participantes en la Promoción como OSBORNE, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten expresamente, para el conocimiento de cualquier litigio que pudiera plantearse en cuanto a la interpretación o aplicación de las presentes bases legales, a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales españoles y, en particular, a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid (España).
Los premios objeto de la presente Promoción no se encuentran sujetos a retención ni a ingreso a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 75.3.f) del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, al no ser su base de retención superior a 300 euros (trescientos euros).
No obstante, el ganador vendrá obligado a incluir la ganancia patrimonial correspondiente en su declaración del IRPF si así estuviere obligado por la normativa general del impuesto.
OSBORNE o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente a la presente Promoción podrán, sin notificación previa alguna y de forma unilateral, eliminar la inscripción de aquel participante respecto del que se detecte cualquier anomalía y/o se sospeche que está impidiendo el normal desarrollo en su participación en la presente Promoción, alterando ilegalmente su registro o su participación mediante cualquier procedimiento, técnico o informático para así falsear su participación. A este respecto es importante añadir que OSBORNE ha habilitado los necesarios soportes tecnológicos para detectar cualquier posible actuación fraudulenta, anómala o dolosa que pretenda alterar la participación en la presente Promoción con el objetivo de lograr un premio de forma ilícita y se reserva el derecho de emprender acciones legales contra las personas que lo lleven a cabo.
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